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La SCJN declara inconstitucional penalizar posesión de más de 5 gramos de mariguana

May 12, 2022 #NACIONAL

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional la penalización por portar más de cinco gramos de mariguana, siempre y cuando sean para consumo personal.

Tres de los cinco ministros que conforman la sala votaron en contra de la validez del artículo 478 de la Ley General de Salud, que establece este límite.

La mayoría de los ministros establecieron que los fiscales y jueces deben aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad. De ser este el caso, la persona no debe ser acusada penalmente.

Al declarar la inconstitucionalidad, la Suprema Corte elimina el castigo por portar una cantidad mayor de mariguana. No obstante, el máximo tribunal estableció que deberán ser los jueces y fiscales los que determinen si la cantidad de droga que lleva alguien es para uso personal o si considera que es para uso comercial.

La sentencia también especifica que la inconstitucionalidad solo se refiere a la mariguana, manteniendo la prohibición para otras sustancias.

El criterio promovido deriva  del caso de Edgar “N”, quien en 2018 fue detenido por policías de la Ciudad de México cuando circulaba en patineta por calles de la alcaldía Iztapalapa llevando para su uso personal consigo 30.6 gramos de cannabis, por lo que fue presentado ante el Ministerio Público y lo vincularon a proceso por el delito de posesión simple.

La agrupación México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) asumió la defensa de Edgar y presentó un amparo con el que reclama la inconstitucionalidad del delito por “contravenir los principios democráticos del derecho penal y ser una medida desproporcional al bien que pretende proteger, que es la salud pública”, publicó Animal Político.

Sin embargo, un juez de la Ciudad de México decidió vincular a proceso a Edgar por delitos contra la salud, y sigue su proceso en libertad.